lunes, 14 de marzo de 2011

Precaución... amigo conductooorrrrr.....

Multas que ni te imaginas que te pueden poner

¿Sabías que te pueden multar por ‘recoger’ a un autoestopista?
¿O por no indicar a la DGT que has cambiado de domicilio?
Te contamos las sanciones más extrañas.
El exceso de velocidad, hablar por el móvil, dejar el coche en doble fila, circular sin el cinturón, conducir bebido o no mantener la distancia de seguridad adecuada con el vehículo que nos precede… son algunas de las multas más habituales.
Pero, ojo, porque en 2011 a estas sanciones se sumarán otras más curiosas, que te pueden sorprender.
Y es que, para mantener los mismos ingresos por multas de tráfico que en 2010, los ayuntamientos y la DGT necesitarán incrementar el número de sanciones interpuestas.
¿La razón?
La nueva normativa sancionadora -en vigor desde mayo de 2010-, por la cual si una multa se paga, sin recurrir, en un plazo de 20 días desde que te la notifican… ¡sólo abonas el 50% de su coste!… Eso implica que se recaude menos por este concepto.

Las sanciones más raras
Despistes que te saldrán caros…

• No indicar a la DGT que te has cambiado de domicilio: 80 €
• Ir con el carnet caducado: 200 €
• No haber pasado la ITV: 200 €
• … y conducir sin tener carnet: 500 € -sin puntos-. Si conduces y no tienes carnet porque la DGT o un juez te lo han retirado… cometes un delito castigado con tres a seis meses de prisión y una multa de hasta 12 meses. Si tienes carnet, se te olvida en casa y conduces sin llevarlo, la multa es de 10 €.

Como peatón, también te multarán…

• Atravesar la calzada… extremadamente despacio -aunque sea por un paso de cebra-… sin razón justificada: 80 € -cruzar por un lugar indebido o caminar por la carretera tienen igual multa-.
• Cruzar con el semáforo para peatones en rojo -e, incluso, cuando ya está en ámbar-: 200 €
• Provocar un accidente por caminar por la calzada de una carretera -da igual si vas bebido o no-: 200 €
• Caminar por un ‘carril-bus’ -el BUS VAO- o para bicis: 200 €.

Trucos que te costarán mucho…

• Circular por el arcén sin un causa justificada -por ejemplo, para ir más rápido en un atasco-: 200 €
• Colarte en un carril de alta ocupación… yendo tú solo en el coche -como mínimo, deben ir dos personas-: 200 €
• Dar un frenazo sin razón justificada… por ej., porque has visto un radar… y frenas bruscamente para evitar la multa por ir a más velocidad de la permitida: 200 € -si los agentes consideran que tu maniobra ha sido temeraria, 500 € y 6 puntos-.

No te la juegues

• Circular con un vehículo sin paragolpes: 200 €
• Circular con las ruedas en mal estado: 200 €
• Circular con tu coche… después de que te hayan denegado la ITV: 500 €
• Circular con la matrícula en mal estado o con un tamaño no homologado: 80 €
• Poner adornos, dibujos o publicidad en la matrícula: 80 €
• Tirar objetos -pañuelos, bolsas, papeles…- a la carretera: 200 €
• Iniciar la marcha haciendo patinar la ruedas a propósito: 100 €
• Arrojar una colilla o vidrio que puedan causar incendios: 200 €
• Usar al volante objetos que te distraigan de la carretera -manipular el GPS-: 200 €
• Conducir con cascos de audio puestos -de un Mp3 por ej.-: 200 €

Está prohibido y es peligroso

• Circular detrás de un coche sin dejar la distancia mínima de seguridad -70 metros-: 200 € y cuatro puntos.
• Organizar o participar en carreras de coches ilegales: 500 €
• No ceder el paso a otro vehículo cuanto este último tenga preferencia: 200 € y 4 puntos
• Dar marcha atrás sin que esté permitido -en carretera, por habernos pasado un desvío-: 200 € y 4 puntos
• Adelantar a un vehículo pegándote mucho a él cuando te colocas delante: 200 €
• Aumentar la velocidad cuando te van a adelantar: 200 €
• Dejar el coche en doble fila: 200 €
• Circular en bicicleta sin llevar el alumbrado, en situaciones de baja visibilidad: 80 €
• No activar las luces del coche cuando no hay buena visibilidad: 200 €
• No llevar iluminada la matrícula posterior: 200 €
• Usar el claxon sin motivo que lo justifique: 80 €
• Subirse con el coche a la acera o dejarlo aparcado en ella: 200 €.


Hay una noticia m,uy interesante, la puedes ver en:
http://www.expansion.com/2011/03/07/economia/politica/1299519024.html
Según ésta, dice "Tráfico" que es una tomadura de pelo que rebajen la velocidad máxima a 110 por el mero hecho de ahorrar energía, cuando realmente es para recaudar más debido a las multas.
Después de 20 años en los que "se mejoró" la calidad de carreteras y motores y "hay más controles", se vuelva a disminuir la velocidad en defensa de que "es más seguro". "Para eso, que digan que hay que circular a 100, a 90, o en caballo", ironizan.
<<<<< Yo digo que como en barco, a unos 15 nudos, 25 km/h, y así las bicis pueden ir por el carril de la izquierda en autopista >>>>>.
Luego habla la noticia de que lo que no recauden los Guardias Civiles lo hará el Estado, y que habrá quien cobre menos por no multar... pero este ya es otro tema, porque a quién no le han tocado el sueldo? o por lo menos, no subido lo que se le debería?

¡Espero que te haya servido de utilidad!

8 comentarios:

  1. YA ESTAN MULTANDO POR CIRCULAR POR LA IZQUIERDA
    ¡¡¡ LA GUARDIA CIVIL Y LA POLICÍA YA ESTÁN PONIENDO MULTAS Y QUITANDO PUNTOS POR CIRCULAR POR EL CARRIL IZQUIERDO !!!

    EJEMPLO: IMAGINA QUE VAS POR UNA CARRETERA DE DOS, TRES O CUATRO CARRILES EN EL MISMO SENTIDO, PUES BIEN, TU DEBERÍAS IR SIEMPRE POR EL CARRIL DE LA DERECHA DEL TODO Y UTILIZAR LOS DE LA IZQUIERDA SÓLO Y EXCLUSIVAMENTE PARA ADELANTAR. UNA VEZ QUE HAYAS ADELANTADO DEBERÁS VOLVER INMEDIATAMENTE AL CARRIL DE LA DERECHA DEL TODO. YA NO VALDRÁ EL IR POR EL CARRIL IZQUIERDO O EL CENTRAL POR COMODIDAD. VAN A IR A POR TODAS: A RECAUDAR Y A QUITARNOS PUNTOS.

    POR LO VISTO SE HAN PUESTO SERIOS PORQUE NECESITAN LLENAR LAS ARCAS DEL ESTADO DEBIDO A LA CRISIS Y TAMBIÉN PARA EVITAR ATASCOS. OS ADJUNTO UN EXTRACTO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO , CIRCULACIÓN Y SEGURIDAD VIAL APROBADO POR RDL 339/1990 , LA REVISTA TRÁFICO SE RATIFICA ESTA NOTICIA. LA DGT ESTÁ ANUNCIÁNDOLO POR RADIO Y TV.

    Ley sobre Tráfico, Circulación y Seguridad Vial aprobado por RDL 339/1990

    Art. 13. Sentido de la circulación.
    Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, los vehículos circularán en todas las vías objeto de esta Ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

    Art. 14 . Utilización de los carriles.
    1. El conductor de un automóvil, que no sea coche de minusválido, o de un vehículo especial con el peso máximo autorizado que reglamentariamente se determine, circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia y deberá, además, atenerse a las reglas siguientes:
    a) En las calzadas con doble sentido de circulación y dos carriles, separados o no por marcas viales, circulará por el de su derecha.
    b) En las calzadas con doble sentido de circulación y tres carriles separados por marcas longitudinales discontinuas, circulará también por el de su derecha, y en ningún caso por el situado más a su izquierda.
    c) Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

    Cuando una de dichas calzadas tenga tres o más carriles en el sentido de su marcha los conductores de camiones con el peso máximo autorizado superior al que reglamentariamente se determine, los de vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los de conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud, circularán normalmente por el situado más a su derecha, pudiendo utilizar el inmediato en las mismas circunstancias y con igual condición a las citadas en el párrafo anterior.

    d) Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, pero no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.

    2. Para el cómputo de carriles a efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, no se tendrá en cuenta los destinados al tráfico lento ni los reservados a determinados vehículos, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine.

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  2. Tráfico multará a partir de 121 km/h

    En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.

    El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h .

    Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.

    La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.

    Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.

    MATRÍCULAS LEGIBLES

    Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.

    Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.

    Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.

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  3. ASÍ SE RECURRE UNA MULTA EN ESPAÑA

    Estimado Sr. Juez:
    He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
    Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
    Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
    Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
    No sé si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
    Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
    Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
    Atentamente.
    ..............(¡¡¡Olé sus huevos!!!)

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  4. A9 Autopista Coruña-Santiago y viceversa.

    El próximo día 16 de marzo empieza a funcionar el nuevo radar de distancia en autopista de la Coruña; es el primero que se coloca (actualmente sólo hay en Barcelona). Estará en pruebas, pero el día 16 ya empezará a registrar infracciones.
    Su radio de acción será de 22 kilómetros: entre los puntos kilométricos 7 y 29. En toda esa distancia te puede pillar, ya que no es un radar de foto colocado en un punto determinado, sino de tramo; es decir, te toma aleatoriamente una foto al paso por el kilómetro 7 y otra al pasar por el kilómetro 29. Calcula la velocidad media por el tiempo que has invertido en recorrer los 22 kilómetros controlados y, si superas la velocidad máxima establecida para ese recorrido, cursa automáticamente la denuncia, que te llega directamente a casa.

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  5. DE LA GUARDIA CIVIL Y DEL RACE A tener en cuenta:

    Robo de coches: Nuevo procedimiento. Lee esto y envíalo a quien creas conveniente.
    Imagina que vas a retirar tu coche que has dejado estacionado; Abres la puerta, entras, pones el seguro a las puertas, enciendes el motor y pones la marcha atrás. ¿No lo haces siempre así? Miras a la ventana de atrás por el espejo retrovisor y observas una hoja de papel grande pegada a la luna posterior. Entonces pones la palanca en punto muerto, abres tu puerta y bajas del coche para retirar el papel (o lo que sea) que te obstruye la visión. Cuando llegas a la parte posterior, aparece el ladrón de la nada, entra y se larga con tu automóvil -tu motor estaba encendido, tu maletín, bolso o cartera estaban dentro- y prácticamente te arrolla en su
    huida. El seguro no quiere saber nada.

    ESTA ES UNA NUEVA MODALIDAD, SI VES UN PAPEL POR EL
    RETROVISOR, ¡NO TE BAJES!

    Lárgate, puedes retirar el papel de la luneta más adelante, y agradecerás haber recibido este correo....y envíalo a tus amigos.....
    Esto no es una cadena......es un servicio amistoso

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  6. LA DIFERENCIA ENTRE UN SOCIALISTA Y UN GUARDIA CIVIL

    Un hombre vuela en un globo, cuando de repente, se percata de que está perdido, entonces maniobra y desciende lentamente hasta divisar a
    un guardia civil en medio del campo y le grita:
    - ¿Podría usted ayudarme? He quedado en verme a las 2:00 p.m. con un amigo, llevo media hora de retraso y no sé dónde me encuentro.
    - Claro que sí -le contesta el guardia-. Se encuentra usted en un globo de aire caliente flotando a unos treinta metros de altura, entre los 40 y 43 grados de latitud norte y entre los 58 y 60 grados de longitud oeste.
    - ¿Es usted guardia civil, verdad? - pregunta el del globo.
    - Sí, señor, lo soy.. ¿cómo lo adivinó?
    - Es simple, porque todo lo que ha dicho es técnicamente correcto, pero prácticamente inútil. Continúo perdido y voy a llegar tarde a mi cita porque no sé qué hacer con su información.
    - Y usted ¿es socialista? -pregunta el guardia.
    - Sí señor. ¿Cómo lo supo?
    - Es muy simple. Porque usted no sabe ni donde está, ni para dónde va, ha hecho una promesa que no puede cumplir y espera que otro le
    resuelva el problema. De hecho, se halla exactamente en la misma situación en
    la que estaba antes de encontrarme, salvo que ahora, por alguna extraña razón..... ¡la culpa es mía!

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  7. Datos de la Dirección General de Tráfico, muy preocupantes:
    Afirman que 23% de accidentes de tráfico son provocados por consumo de alcohol.

    Eso significa que...

    ¡¡el otro 77% de los accidentes son causados por los que beben agua, zumos, refrescos y otras mariconadas!!

    Al loro con los abstemios!!!
    que la están liando parda...

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  8. COMO RELAJARSE EN LA CONDUCCION DIARIA

    Conducción correcta y futura

    La de los antiguos taxistas de hace 30 años atrás

    Max. Comodidad
    Max. Velocidad
    Max. Seguridad

    -Aceleraciones suaves y progresivas = Max. Comodidad y velocidad

    -Frenadas las mínimas y suaves = Max. Seguridad

    -Poner todos los intermitentes.

    Hoy con los vehículos existentes la verdad que no se puede pedir mas.

    Máxima relajación en tus manos y máxima suavidad en tus pies, con una circulación correcta, y ya esta
    .
    Cada traslado te relajarás automáticamente


    MOTO SCOOTER CONDUCCION INTELIGENTE


    Necesario:

    -Las tres primeras paradas hacer lo máximo para frenar lo mínimo y suave posible.

    -Ya estas en tu moto, tu eres el profesor y tu eres el alumno.

    -En la sensibilidad de tu mano esta tu inteligencia.

    -Conseguirás tus máximos conocimientos en el mínimo tiempo..

    Hace 40 años la mano del hombre invento el vehiculo de su futuro, la primera scooter.

    Hoy la tenéis en vuestra mano, y lo mejor vuestra inteligencia.

    La perfección existe, no lo dudéis.

    Que la Paz, el Amor y la Caridad, Reine en vuestro destino.

    Atentamente
    Joaquín 53 años

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